En este caso debe presentarse en la parroquia de la parte católica. La persona que os acogerá le indicará los pasos a seguir.
Querer casaros por el rito católico significa que, vuestra fe os lleva a reconocer que en toda situación conyugal hay una presencia de Dios que conforta y anima todo crecimiento humano y espiritual.
La boda con un no «católico» puede ser con una persona que participa de la fe en Jesucristo y está bautizada, és a dir, que y «cristiana», o con una persona no cristiana, que pertenece a otra religión: musulmana, budista, etc., o sencillamente una persona que no confiese ninguna creencia religiosa.
Iglesia no se opone al matrimonio entre un «cristiano» i ONU «cristiano-católico»; incluso se pueden abrir posibilidades de un diálogo ecuménico, uniéndose a la oración conjunta, participando en los diálogos intraeclesiales, etc. Ambos velarán por la transmisión de la fe en Jesucristo, y deben dar testimonio de vida cristiana. Els fills, en estos casos, no tienen por qué vivir una fe insegura o relativa. En la preparación al matrimonio la Iglesia pide a la parte no «católica» que no ponga reparos a la educación católica de los hijos y que tenga el convencimiento de que el matrimonio es un compromiso de vida indisoluble, como Jesús propone en el Evangelio.
En caso de que una parte no sea cristiana, se le pide que en la futura vida conyugal no ponga inconvenientes en la parte católica de poder practicar con libertad la alegría de la fe, de vivir y trabajar, para hacer de su matrimonio una comunidad de vida y amor.
Algunas religiones pueden presentar exigencias de futuro en cuanto la educación de los hijos o en la misma concepción de la igualdad de derechos y deberes de los contrayentes. Este hecho requiere un serio proceso de maduración de la parte católica, para que no surjan problemas en el futuro, importante, que puedan condicionar la persona católica o la misma educación humana y cristiana de los hijos.
Será indispensable, también, que la parte no católica acepte que el matrimonio es una comunidad de vida y de amor indisoluble.
En caso de que una de las partes se declare atea / agnóstica , al menos debe comprometerse a respetar y no poner dificultades al ejercicio de la fe de la otra parte, a no oponerse a la educación cristiana de los hijos ya aceptar la indisolubilidad de la vida conyugal.
En todos estos casos hay que pedir que el Obispo conceda un permiso para contraer matrimonio.